Derecho: Sistema de normas de carácter general que se dictan para dirigir a la sociedad a fin de solventar cualquier conflicto de relevancia jurídica que se origine; estas normas son impuestas de manera obligatoria y su incumplimiento puede acarrear una sanción.
Constitución: Es la ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política.
¿Que es el Derecho Constitucional?
Es la actividad científica que estudia la naturaleza y los principios de la norma constituyente, reguladora de la valides del orden normativo, de las bases organizativas del estado y de los fenómenos políticos fundamentales de la sociedad.
Algunos juristas definen al Derecho Constitucional como:
- Una rama del derecho público interno que determina la organización jurídica y política del estado,Según Pablo Dermizaky.
- Para Kelsen, la Constitución en sentido material, están en sentido material, constituida por los preceptos que regulan la creación de normas jurídicas generales y, especialmente y especialmente, la creación de leyes conjunto de normas.
- Para Alipio Valencia Vega expresa que es un conjunto de normas y sus principios consiguientes que establecen al estructura del estado, sus instituciones, sus relaciones y sus derechos de los individuos y la colectividad; normas y principios que se emiten con carácter general.
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