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Derecho Constitucional.Definicion



Definición de Derecho y Constitución

Derecho: Sistema de normas de carácter general que se dictan para dirigir a la sociedad a fin de solventar cualquier conflicto de relevancia jurídica que se origine; estas normas son impuestas de manera obligatoria y su incumplimiento puede acarrear una sanción.

Constitución: Es la ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política.


¿Que es el Derecho Constitucional?

Es la actividad científica que estudia la naturaleza y los principios de la norma constituyente, reguladora de la valides del orden normativo, de las bases organizativas del estado y de los fenómenos políticos fundamentales de la sociedad.

Algunos juristas definen al Derecho Constitucional como:


  1. Una rama del derecho público interno que determina la organización jurídica y política del estado,Según Pablo Dermizaky.
  2. Para Kelsen, la Constitución en sentido material, están en sentido material, constituida por los preceptos que regulan la creación de normas jurídicas generales y, especialmente y especialmente, la creación de leyes conjunto de normas.
  3. Para Alipio Valencia Vega expresa que es un conjunto de normas y sus principios consiguientes que establecen al estructura del estado, sus instituciones, sus relaciones y sus derechos de los individuos y la colectividad; normas y principios que se emiten con carácter general.


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