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Mostrando entradas de 2017

Los derechos en el Ecuador

Opinion Estudiantil La Constitución de Montecristi declara en su artículo primero “El Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos”. La pregunta salta de inmediato, ¿por qué se incluye tal definición en el artículo sobre la naturaleza del Estado, dejando de lado la definición de 1998 del “Estado de derecho”? Parecería que se intenta superar la noción del Estado de Derecho, que tiene la connotación de que la sociedad se rige por el derecho vigente. La nueva definición coloca directamente lo “constitucional” como centro del acuerdo jurídico político de la sociedad y única inmediatamente “de derechos”, en plural que supone que el Estado es garante de ellos. En suma, se trata de dar más fuerza a la relación entre sociedad y Estado y a la vez profundizar la vigencia y garantía de derechos. Link:   http://www.institut-gouvernance.org/es/analyse/fiche-analyse-463.html Analisis: El estado ecuatoriano como enuncia en su constitucion es garantista de los derechos...

Principio de aplicación de los derechos

Principio de aplicación de los derechos El Art. 11.3 de la Constitución de la República, manda que los derechos y garantías establecidos en la Norma Suprema y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, sean de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte, norma que concuerda con el artículo 426 de la misma Constitución y se refleja en la integralidad de su texto. El principio de aplicación directa e inmediata de los derechos y garantías constitucionales está orientado al ejercicio de los mismos, de tal modo que rige en todo el ordenamiento jurídico y sirve como fuente en la redacción de normas de desarrollo legislativo de derechos constitucionalmente reconocidos, constituyéndose en uno de los fundamentos sobre el que descansa la validez del ordenamiento jurídico. Las normas interactúan entre sí y están interconectadas en principios de aplicación general, instituyéndose en un s...

Tercer Interesado

Tercer Interesado.Analisis   La Ley de Amparo, se advierten las partes en el juicio constitucional, entre ellas, el tercero interesado y los elementos que debe contener el auto admisorio de la demanda, entre ellos, la orden de correr traslado a éste, con la finalidad de que sea oído en el juicio y le sea respetado su derecho de audiencia. De ahí que, si el acto reclamado deviene de una controversia judicial y el quejoso señala a quién o quiénes considera parte tercero interesada, el Juez de amparo debe tenerlos con ese carácter y llamarlos a juicio, sin que para ello, deba esperar la llegada de las constancias remitidas por la autoridad responsable en apoyo a su informe justificado, ya que en su momento, conforme a éstas puede determinar, con argumentos jurídicos, si corresponde o no el carácter de tercero interesado o, en su caso, advertir la existencia de diversos. Así, dicha calidad es una cuestión que debe ser analizada por el Juez de Distrito desde el inicio d...

Amigo de la corte o amigo del tribunal

Amicus curiae La a micus curiae , expresión latina que literalmente se traduce como “amigo de la corte”, es una institución derivada del derecho romano utilizada principalmente en el derecho anglosajón. Su objetivo es abrir la posibilidad a terceros que no son parte de un litigio, pero que poseen un interés demostrable y justificado en la resolución de éste, a promover voluntariamente una presentación que contiene una opinión técnica. Conviene destacar algunas características de ésta: Su campo más común de aplicación es en los litigios que están sometidos a una reconsideración por un tribunal de mayor jerarquía, aunque esto no es una regla obligatoria. Es común que se utilice al discutirse temas relativos al interés público (problemas sociales o libertades civiles, por ejemplo). En la historia jurídica estadounidense ha sido utilizada en litigios que implican temas como derechos civiles (Brown v. Board of Education, 1952), pena capital, protección al ambiente...

Critica sobre el blog. Derecho Comparado

DERECHO COMPARADO Autor: Osmar Ramirez Tema del blog: Derecho Comparado Link:  DERECHO COMPARADO   En este blog se encuentran la comparación de las leyes de los diferentes países del mundo, de un continente a otro, verificando su avance y el de sus códigos que rigen dentro de cada nación, podemos visualizar varios subtemas como : El tipo de clases Generalidades Antecedentes Definición Historia Lo que mas me llama la atencion que hay vídeos explicativo acerca del Derecho Comparado que hace que el usuario pueda entender mejor e incluye una entrevista a la sociedad acerca de su opinión sobre este tema. LES RECOMIENDO A TODOS LOS USUARIOS HECHAR UN VISTAZO, PORQUE SE ENCONTRARA INFORMACION MUY UTIL.

Control Constiticional

EL CONTROL CONSTITUCIONAL ¿Control de constitucionalidad?  S on los recursos jurídicos diseñados para verificar la correspondencia entre los actos emitidos por quienes decretan el poder y la Constitución, anulándolas cuando aquellas quebranten los principios constitucionales.  Dicho de otra forma, el control de constitucionalidad son el conjunto de herramientas jurídicas por el cual, para asegurar el cumplimiento de las  normas constitucionales , se realiza un procedimiento de revisión de los actos de autoridad, incluyendo normas generales, y en caso de contradicción con la Constitución se procede a la invalidación de las normas de rango inferior que no hayan sido hechas en conformidad con aquellas. El fundamento de este control es el mantenimiento del  Principio de Supremacía Constitucional Tipos de Control Constitucional Según la admisión Positivos:  explícitamente en el texto constitucional, o tácitamente en el Derecho Constitucional cons...

¿Victima o Capaya?

!CHIRIBOGA DETENIDO!  El exfiscal general del Estado Galo Chiriboga salió pasadas las 17:00 de este lunes 14 de agosto de la Fiscalía, en Quito, hasta donde fue llevado luego de ser retenido para una ampliación de versión. Respecto a si saldrá del país, Chiriboga respondió: "Yo puedo salir en este momento del país, no tengo problemas con la justicia. Y yo respeto a la justicia ecuatoriana porque creo en la justicia, he sido parte de la justicia del Ecuador. Yo no soy Capaya para salir volando, no soy el contralor Pólit, no soy Pedro Delgado. No me siento perseguido, me siento maltratado. Creo que le he entregado al país un sevicio profesional digno (...) Haberme hecho pasado lo que hoy he pasado, no solo afecta a la persona física del exfiscal, afecta a la institución de la Fiscalía". Esta mañana, la Fiscalía confirmó en su cuenta en Twitter que Chiriboga fue retenido "para investigaciones". En rueda de prensa, el ministro del Interior, César Navas, señaló...

Vicepresidencia en Crisis

PRESIDENCIA VS VICEPRESIDENCIA El 3 de agosto de 20017 el Presidente de Ecuador Lenin Moreno por medio de del Decreto N° 100 donde establece retirar a sus funciones al Vicepresidente Jorge Glas por estar involucrado en varios actos ilícitos, como consecuencia ya no estará a cargo de la integración y encargo de la articulación del Consejo Sectorial de la Producción, así como del Consejo Consultivo, Productivo y Tributario. Esto crea una desestabilizad política tanto Nacional como en el propio movimiento de Alianza País, todos están a la expectativa que pasara con la vicepresidencia, volverá Jorge Glas a retomar sus funciones o alguien de la bancada oficialista ocupara su puesto, pero lo que si estamos seguro que las relaciones entre Jorge Glas y el actual Presidente ya no sera las mismas.

Derechos Constitucionales.Principios.Formas de Estado

Principios.Formas de Estado Principios • Prerrogativa: recconocimiento • Facultad: la posibilidad de asumirla sin obligacion • Los derechos sin los mecanismo de accion y proteccion no funciona • Los derecho solo pueden ser cambiados con una Asamblea constituyente. Formas de Estado Unitario • El poder esta centrado en un solo Estado Federal • La Soberania reside en los estados integrantes, actuan como estados independientes pero sin salirse de la constitucion, cada estado tiene la facultad de adminsitrarse

Funcion Legislativa

Función Ejecutiva Autoridades 1.        Presidente 2.        Vicepresidente 3.        Ministros 4.        Representantes de las Instituciones 5.        Gobernadores Provinciales Organismos  art 141 Constitución 1.        Gabinete Presidencial 2.        Ministerios de Estado 3.        Y los organismos que crearan la Presidencia Acceso Presidencia y vicepresidencia: Votación Universal directa y secreta (por medio de la democracia) Y por delegación a las demás autoridades que el presidente designe. Requisito Art 142 Fiscalización por juicio político Art 144 Art 145 cesión de sus funciones Revocatoria (después del primer año y antes del ultimo año) Atribuciones Art.147 ...

Accion de proteccion

ACCIÓN DE PROTECCIÓN   ¿Qué tiene por objeto? Tiene por objeto el amparo directo y eficaz de todos los derechos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. ¿Cuándo se da la Acción de protección? Cuando exista una vulneración de los derechos constitucionales y de los contenidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos. ¿Dónde se encuentra establecida? En el art.88 de la Constitución ecuatoriana donde la Acción de Protección procederá cuando: ·          Haya actos u omisiones de las autoridades y funcionarios públicos, no judiciales (no decisiones judiciales), que violen o hayan violado cualquiera de los derechos. ·          Contra políticas públicas, nacionales o locales , que impidan el goce o ejercicio de los derechos y garantías. ·          Contra los actos u omisiones del pre...

Accion de Garantias Jurisdiccionales de los Derechos II

Habeas data • FINALIDAD:ACCEDER A DOCUMENTOS,DATOS GENETICOS,BANCOS O ARCHIVOS DE DATOS. • INCLUIVE INFORMES DE PERSONAS PARA SABER EL USO DE QUE SE DA, SU RECTIFICACION,VIGENCA O ANULACION • SE APLICA CUANDO LA INFORMACION DIFUNDIDA NO ES AUTORIZADA POR LA PERSONA O POR LA LEY Y TAMBIEN EN LOS CASO DE RECTIFICACION • TIENE QUE HABER UNA REPARACION INTEGRAL IMPLICA OBLIGACIONES,MATERIALES E INMATERIALES Accion por incumplimiento • GARANTIZA LA APLICACION DE LAS NORMAS PARA CUMPLIR CON SENTENCIAS INTERNACIONALES ESTO SE DA CUADO LA NORMA CONTIENE UNA OBLIGACIÓN EXPRESA DE HACER O NO HACER ALGO CONTRA PARTICULARES CUANDO PRESTEN SERVICIOS PUBLICOS. • CONTRA PARTICULARES EN CASO DE SENTENCIA INTERNACIONALES • DEBE HABER RECLAMO PREVIO(ESTABLECER UN PLAZO DE TIEMPO)

Accion de Garantias Jurisdiccionales de los Derechos

Habeas corpus • FINALIDAD: RECUPERAR LA LIBERTAD FISICA CUANDO ES PROVADO ILEGAL,ARBITRARIA E ILEGITIMA,CUANDO SE DESCONOZCA EL LUGAR DE PRIVACION. • PRESENTADO LA ACCION DENTRO DE 24 H DEBE REALIZARSE LA AUDIENCIA Y DENTRO DE 24 H EL JUEZ RESUELVE • ILEGAL:CUADO SE HA VUNERADO UN SUPUESTO DE UNA NORMA JURIDICA. • ARBITRARIA:CUANDO NO HAY ORDEN LEGAL • ILEGITIMA:CUANDO PROVIEE DE UNA A UTORIDAD NO COMPETENTE Acceso a la información • FINALIDAD:ACCEDER A LA INFORMACION CUANDO HAYA SIDO NEGADA,CUANDO SEA INCOMPLETA,NO SEA FIDEDIGNA. • Y PROCEDE AUN A LA INFORMACION RESERVADA CUANDO ESTA NO HA SIDO DECLARADA ANTES COMO TAL.

Función Legislativa II

Función Legislativa II en el Ecuador Los órganos de la Asamblea Nacional:  1. El Pleno;  2. La Presidencia de la Asamblea Nacional;  3. El Consejo de Administración Legislativa, (CAL);  4. Las Comisiones Especializadas;  5. La Secretaría General de la Asamblea Nacional; 6. La Unidad de Técnica Legislativa; y 7. Los demás que establezca el Pleno. Fuente: http://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic4_ecu_org5.pdf

Funcion Legislativa

La función Legislativa en el Ecuador  La Asamblea Nacional ejerce la Función Legislativa.  La Asamblea Nacional es unicameral, tiene personería jurídica y autonomía económica-financiera, administrativa, presupuestaria y de gestión  La Asamblea esta conformado por : Quince asambleístas elegidos en circunscripción nacional.   Dos asambleístas elegidos por cada provincia, y uno más por cada doscientos mil habitantes o fracción que supere los ciento cincuenta mil, de acuerdo al último censo nacional de la población.  Asambleístas de regiones, de distritos metropolitanos y de circunscripción del exterior, elegidos de conformidad con la ley.  La Asamblea Nacional funcionará en la sede de la Función Legislativa en la ciudad de Quito.

Buen Vivir en el Constitucionalismo

 Sumak Kawsay El Buen Vivir es un concepto ancestral de los pueblos nativos del Abya Yala, específicamente del territorio subcontinental que conocemos como América del Sur. Antes de poder aproximarnos siquiera al significado de estas palabras, debemos tomar un espacio para observar la dificultad que comprende traducir al castellano este amplio y profundo concepto. El Buen Vivir representa un modelo de vida distinto al que se ha propugnado desde la tradición hegemónica occidental.  El modelo capitalista, que se impuso durante el siglo XX como el único lógico y factible desde las estructuras del poder mundial, que bajo la lógica de mercado ha convertido todo en un bien de consumo, que desde la hegemonía cultural ha ensalzado en su discurso al éxito económico como el máximo ideal y, que en función de la premisa economicista según la cual lo más eficiente es que cada uno vele únicamente por su propio beneficio, ha aislado artificialmente al ser humano de su comunidad y de la...

Ponderacion Constitucional

LA PONDERACIÓN EN EL ECUADOR Ponderar, es una actividad desarrollada para valorar qué cualidades de un sujeto u objeto en comparación con las de otro (que las posee en una misma semejanza valorativa), permiten una mejora para una determinada actividad; en síntesis la inclinación por tal o cual objeto o cosa que nos representará mayores beneficios, todo ello lógicamente a consecuencia de esta actividad o cálculo valorativo. La ponderación constitucional en cambio, me permito definirla como la valoración o balance que hace una autoridad facultada constitucionalmente para ello (en este caso cualquier autoridad pública o Juez según el numeral 5 del Art. 11 de la Constitución de la República) respecto de dos normas o principios del mismo rango esto es, constitucional; es decir, toda autoridad al encontrarse frente a un conflicto entre normas constitucionales, está obligada a ponderar, valorar, balancear (o como se lo quiera llamar), cuál de ellas permite una mejor efectividad d...

Funcion Judicial

¿Que es la Función Judicial? Es uno de los poderes,facultades y funciones que posee el Estado encargado de impartir Justicia en una sociedad por medio de la aplicación de las normas y principios jurídicos en la resolución de conflictos. Objetivo Administrar Justicia, a través de los mandatarios establecidos en la Ley Orgánica de la Función Judicial y la Constitución de la República, esto es: Corte Suprema, Cortes Superiores, Cortes Distritales, Juzgados, funcionarios y demás Tribunales de Justicia, escogidos del Cuerpo de Abogados: lógicamente con la participación obligada de los profesionales de la Abogacía. Principios  Básicos a)  La realización de la Justicia, sin ningún sacrificio por la omisión de formalidades. b)  La unidad de la Función Judicial, sin perjuicio de actuar en forma descentralizada. c)  Sistema arbitral, negociación y otros procedimientos alternos, para la solución de las controversias. d)  Simplifica...